Cuando una persona física o moral adquiere acciones de una empresa, se dice que pasa a ser un socio económico y también un responsable de la empresa pues “adquiere una porción” de la misma. Como socio económico la persona adquiere una serie de derechos los cuales explicamos a continuación.

Existen dos tipos de derechos para el accionista, estos son políticos o económicos. Los derechos económicos son los más evidentes, estos se refieren a los beneficios económicos que se obtienen. Por un lado el inversor pasa a tener derecho de recibir utilidades, según su participación (salvo algunos casos extremos, como Apple que no paga dividendos). Por otro lado el inversor tiene el derecho a comerciar con las acciones bajo su pertenencia, así como adquirir nuevas acciones que se emitan (derecho de suscripción).

Los derechos políticos se refieren a la participación que se tiene como socio inversor, a partir de un % de participación los accionistas tienen derecho de votar dentro de las asambleas y ser considerados dentro de las decisiones que tomen los directivos de la empresa. Dependiendo del tipo de acción el derecho político tiene una determinada extensión.

Las acciones ordinarias, otorgan derecho a recibir dividendos, así como derecho a tener voz y voto dentro de las asambleas de los directivos de la empresa. Este sistema se puede realizar por medio de representantes.

En las acciones preferenciales, los derechos económicos son superiores, teniendo garantizado un mínimo por dividendo, y teniendo preferencia de reembolsar en caso de que la sociedad se disuelva por cualquier razón. Sin embargo, los accionistas preferenciales carecen de derechos políticos. Este sistema se emplea para no perder el control de la empresa en ningún momento.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *